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Código Etico
Todos los miembros del Club se obligarán a respetar las normas éticas que rigen el buen funcionamiento tanto de las relaciones internas y con los inversores, como de las relaciones con terceros con el objetivo de mantener el buen nombre y la reputación del Club.

1. Los miembros de la red se comprometen a llevar una conducta honesta tanto con los otros miembros de la red como en sus relaciones con los emprendedores. Esta conducta afectará en particular a la confidencialidad debida tanto sobre las actividades de la red como, sobre todo, de los proyectos a los que se tienen acceso, que no se divulgarán fuera del entorno del propio club sin autorización expresa de los promotores. A tal efecto se formalizarán los compromisos de confidencialidad determinados en cada momento.

2. Con el objetivo de mantener el rigor en la relaciones entre los inversores y los emprendedores, éstas quedarán reguladas mediante un contrato. De la misma manera las relaciones de los miembros del Club entre sí y de estos con el propio Club también se definirán contractualmente.

3. La labor de investigación sobre la situación financiera de cada proyecto así como las necesidades reales y la viabilidad de los mismos será una labor a desarrollar integra y exclusivamente por los inversores que quieran tomar participación en los mismos. La red no desempeñará actividades de esta naturaleza ni realizará recomendaciones en la dirección apuntada. Además, el personal al servicio del Club mantendrá en todo momento su imparcialidad respecto a los proyectos incluidos en la Base de Datos, no incentivando ni provocando ninguna operación con el objetivo de obtener las comisiones derivadas del mismo.

4. No tendrán cabida en El Club de Inversores en Franquicia, ni actividades ilícitas o de dudosa reputación, que puedan afectar y poner en entredicho el buen nombre de la organización, ni como inversores cuyo origen de recursos es de naturaleza ilegal o igualmente dudosa.

5. Los emprendedores que presenten sus proyectos al Club deberán aportar toda la información posible y disponible sobre su proyecto, tanto al Club como a los inversores que se interesen por los mismos, sin que esta sea manipulada o tergiversada.

6. Todos los inversores miembros del Club así como los emprendedores que en ese momento estén en relaciones con el mismo, serán puntualmente informados de las relaciones establecidas por el Club con otras organizaciones de Business Angel, instituciones de inversión y cualesquiera otras que deban ser puestas en conocimiento de aquellos, a efectos de la transparencia en el reparto de honorarios con dichas entidades y organizaciones.

7. Tanto el emprendedor como el inversor tendrán totalmente claras las contraprestaciones económicas a percibir por el Club con anterioridad al cierre de cada operación.

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"En términos de creación de empleo el coste de crear un puesto de trabajo a través de la intervención inversora de un Business Angel se estima en una media ligeramente inferior a 1.000 €uros, cantidad que es significativamente más baja si se compara con otras fórmulas de creación de empleo utilizadas por la administración."